El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que confiere la Ley 93 de 1965 y el Decreto 3395 de 1965
Artículo 1
La partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7229, ordinal 12 del Presupuesto Nacional vigente, para gastos de funcionamiento del Colegio Mayor de Cultura Popular del Cauca, se distribuye así:
Artículo 7229, Ordinal 12 Del Presupuesto Nacional Vigente, Para Gastos De Funcionamiento Del Colegio Mayor De Cultura Popular Del Cauca, Se Distribuye Así: Comuníquese Y Cúmplase
Artículo único. La partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7229, ordinal 12 del Presupuesto Nacional vigente, para gastos de funcionamiento del Colegio Mayor de Cultura Popular del Cauca, se distribuye así: Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional