Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos Capitulo 201 Ministerio De Agricultura
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos CAPITULO 201 Ministerio de Agricultura. Programa 222 Organización Campesina. Transferencias 205 - 219 - 430 - Artículo 2088. Transporte, alimentación y gastos de capacitación campesina $ 170.000 Suma el contracrédito $ 170.000 Creditos Presupuesto de Funcionamiento. CAPITULO 201 MINISTERIO DE AGRICULTURA Programa 221 Administración Superior. Gastos generales. 106 - 111 - 205 - Artículo 2058. Viáticos y gastos de viaje $ 50.000 Programa 223 Servicios Administrativos. Gastos generales. 105 - 111 - 201 - Artículo 2094. Mantenimiento y aseguros $ 20.000 106 - 111 - 209 - Artículo 2098. Servicios públicos 100.000 Suman los créditos $ 170.000
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.