Artículo 1
Artículo primero. Suprímense en la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos: Denominación del Empleo N° de Cargos Código Grado Despacho del Ministro Profesional Especializado. (Secretario del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios) 1 3010 09 Profesional Universitario (Abogado: Secretaría del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios) 1 3020 06 Profesional Universitario (Economista: Secretaría del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios) 1 3020 06
Artículo 2
Artículo segundo. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos: Denominación del Empleo Cargos Código Grado N° de Asesor: (Secretario del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios) 1 1020 02 Profesional Especializado (Abogado: Secretaría del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios) 1 3010 10 Profesional Especializado (Economista: Secretaría del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios) 1 3010 10
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el Decreto número 634 del 22 de marzo de 1979.