Micelio

decreto 1928 de 1994

5 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y oído el concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública

Artículo 1º

ARTICULO 1 º. Apruébase el Acuerdo número 022 del 18 de mayo de 1994, por el cual se suprimen unos empleos de la planta de personal globalizada del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 022 DE 1994 (mayo 18) "Por el cual se suprimen unos empleos de la planta de personal globalizada del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar." La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el artículo 1º del acuerdo 004 de 1988, aprobado por el Decreto 276 de 1988, ACUERDA:

Artículo 1º

º. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal globalizada del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, establecida mediante Acuerdo número 045 del 27 de octubre de 1993, aprobado por Decreto 2523 del mismo año. Planta global No. DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 1 Jefe División 2040 09 1 Profesional Universitario 3020 04 2 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Operativo 4080 09 1 Técnico Operativo 4080 10 6 Coordinador 5005 23 3 Pagador 5045 18 1 Almacenista 5080 16 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 06 12 Operario Calificado 5300 11 4 Conductor Mecánico 5310 09 38 Operario 5330 05 7 Auxiliar de Servicios Generales 5335 05

Artículo 2º

º. A los funcionarios escalafonados en la Carrera Administrativa y cuyos empleos se suprimen en el artículo 1º de este Acuerdo, se les aplicará lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992 y su Decreto reglamentario 1223 de 1993.

Artículo 3º

º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por decreto del Gobierno Nacional y modifica en lo pertinente el Acuerdo numero 045 de 1993. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de mayo de 1994. La Presidenta de la Junta Directiva (Fdo.), Ana Milena Muñoz de Gaviria. El Secretario de la Junta Directiva (Fdo.), Armando Prada Murcia.»

Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 2523 Del 15 De Diciembre De 1993

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2523 del 15 de diciembre de 1993.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y oído el concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública
Presidente de la República
El Ministro de hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública