Micelio

decreto 822 de 1955

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden publico y en estado de sitio todo el territorio nacional

Considerando · 1 motivo

Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden publico y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Artículo 1

Artículo primero. Cédase al Municipio de Cali, a titulo gratuito, con destino a la construcción de la Planta de Bombeo de Agua Cruda, para su nuevo acueducto, un lote de terreno de trece mil doscientos metros cuadrados de extensión, tomándolo del que la Nación compro a Agustín Rozo por medio de la escritura número ochocientos treinta y tres, otorgada en la Notaria Segunda de Cali, el 10 de septiembre de 1934, y localizándolo sobre el Angulo sur del referido inmueble, conforme al plano que el señor Gerente de las Empresas Municipales de dicha ciudad remitió al Gobierno Nacional.

Artículo 2

Artículo segundo. El señor Ministro de Obras Publicas, por si o por medio de un comisionado suyo, otorgara la correspondiente escritura publica, en la cual se especificaran los mojones y linderos exactos del inmuebles.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto regirá desde su fecha, y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese. General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, Presidente de Colombia. El Ministro de Gobierno, Lucio Pabón Núñez. El Ministro de Relaciones Exteriores, Evaristo Sourdis. El Ministro de Justicia, Luis Caro Escallón. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Villaveces. El Ministro de Guerra, Brigadier General Gabriel Paris. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo Restrepo Jaramillo. El Ministro del Trabajo, Cástor Jaramillo Arrubla. El Ministro de Salud Pública, Bernardo Henao Mejía. El Ministro de Fomento, Manuel Archila Monroy. El Ministro de Minas y Petróleos, Pedro Manuel Arenas. El Ministro de Educación Nacional, Aurelio Caicedo Ayerbe. El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Gustavo Berrio Muñoz. El Ministro de Obras Públicas, Contraalmirante Rubén Piedrahita.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas