en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que en la región de Tocuy (Motilones), del Departamento del Magdalena, una tribu está cometiendo desmanes, tales como ataque a los colonos e incendio de las fincas, y que es deber del Gobierno procurar que no continúen esos actos de depredación
Artículo 1Autorízase Al Reverendo Padre Jesualdo De Bañeres, Capellán Militar Y Misionero, Para Que Organice Y Presida Una Expedición Que Se Adentre En La Región De Motilones, Con El Fin De Apaciguar La Tribu Que Está Atentando Contra La Vida Y Bienes De Los Habitantes Civilizados De Esa Comarca, Y La Induzca A Suspender Tales Actos
° Autorízase al Reverendo Padre Jesualdo de Bañeres, Capellán Militar y Misionero, para que organice y presida una expedición que se adentre en la región de Motilones, con el fin de apaciguar la tribu que está atentando contra la vida y bienes de los habitantes civilizados de esa comarca, y la induzca a suspender tales actos. Formarán parte de la expedición dos intérpretes civilizados, hasta quince peones trocheros y una escolta del Ejército. Dicha expedición tendrá un término de treinta días.
Artículo 2Destínase La Cantidad De Cuatro Mil Quinientos
° Destínase la cantidad de cuatro mil quinientos .pesos ($ 4.500) para pago de jornales de las intérpretes y peones, alimentación, enseres de cocina, herramientas, obsequios para los indios y demás gastos de la expedición. Dicha suma se tomará de la apropiación para gastos imprevistos del Ministerio de Gobierno (Capitulo 3°, artículo 29), y se girará al Contador Pagador del Grupo de Caballería "Rondónnone número 2, acantonado en Buenavista (Magdalena), quien deberá rendir cuenta a la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.