DecretoVigente
Decreto 2866 de 1989
Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 14 De 1989 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: «acuerdo Numero 14 De 1989 (Octubre 26) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación, Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que El Comité Nacional, En Desarrollo De Lo Estipulado En El Actual Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, En Su Sesión De Fecha Junio 29 De 1989, Al Realizar El Análisis De Las Inversiones De Capital Efectuadas Con Recursos De Dicho Fondo Acordó Mantener, Entre Otras, La Participación Accionaria De Éste En Las Ocho Corporaciones Forestales De Las Cuales Es Accionista, Por Considerar Que Ellas Son Útiles Para La Industria Cafetera; C) Que La Corporación Forestal Del Huila Viene Adelantando Importantes Programas Agroindustriales Y De Reforestación En Ese Departamento Y Que Para Ello Requiere Aumentar Su Capital Suscrito Y Pagado, Y Que Con Tal Fin Ha Solicitado A La Federación El Aporte De $ 502º
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