El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase el puesto de ingeniero Jefe de los Trabajos de Construcción de la Carretera Arbeláez-San Bernardo Cabrera, con la asignación mensual de seiscientos cincuenta pesos ($650). Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas