El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Desde El 1º De Abril Del Corriente Año La Asignación Mensual De Los Capellanes Del Comando De La Flotilla Del Amazonas, Putumayo Y Caquetá (Para Los Buques), Determinada Por El Artículo Del Decreto Número 1705 De 1933 (Octubre11), Será De $100, De Acuerdo Con Las Asignaciones Fijadas Por El Decreto Número 710 Del Presente Año A Los Capellanes De Las Unidades De La 6none Brigada
º. Desde el 1º de abril del corriente año la asignación mensual de los Capellanes del Comando de la Flotilla del Amazonas, Putumayo y Caquetá (para los buques), determinada por el artículo del Decreto número 1705 de 1933 (octubre11), será de $100, de acuerdo con las asignaciones fijadas por el Decreto número 710 del presente año a los Capellanes de las Unidades de la 6none Brigada.
Artículo 2Acéptase La Renuncia Que Ha Presentado El Señor Ricardo Varón Para Desempeñar El Puesto De Jefe Del Almacén De Florencia, Y Nombrase En Su Reemplazo Al Señor Carlos Martínez Borrero
º. Acéptase la renuncia que ha presentado el señor Ricardo Varón para desempeñar el puesto de Jefe del Almacén de Florencia, y nombrase en su reemplazo al señor Carlos Martínez Borrero. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra