en uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 874 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", destinó la suma de $ 27.300 para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de la Intendencia de San Andrés y providencia, y de Leticia en las Comisarias del Amazonas
Considerando · 3 motivos
Que el Decreto número 874 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", destinó la suma de $ 27.300 para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de la Intendencia de San Andrés y providencia, y de Leticia en las Comisarias del Amazonas;
Que las mencionadas Escuelas no pudieron orgánizarse y funcionar en el presente año, por serias dificultades de dotación, edificio y transporté de los elementos disponibles;
Que en cambio, en el Departamento del Atlántico se hace indispensable abrir una Escuela Agrícola, y que el Gobierno Departamental ha ofrecido al Ministerio lote para la Granja y edificio para la Escuela;
Artículo 1° Modifícase El Decreto Número 874, De Marzo 31 De 1949, "por El Cual Se Distribuyen Las Partidas Para Sueldos Del Personal, Alimentación Y Gastos Varios De Las Escuelas Vocacionales Agrícolas", En El Sentido De Suprimir Durante El Presente Año Las Escuelas Vocacionales Agrícolas De San Andrés Y Providencia Y Leticia, En La Comisaría Del Amazonas, Que Establece El Mencionado Decreto
° Modifícase el Decreto número 874, de marzo 31 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", en el sentido de suprimir durante el presente año las Escuelas Vocacionales Agrícolas de San Andrés y Providencia y Leticia, en la Comisaría del Amazonas, que establece el mencionado Decreto.
Artículo 2° La Suma De $ 27
° La suma de $ 27.300 destinada para las Escuelas suprimidas por el artículo anterior, destínase para atender a los siguientes servicios: Para sostenimiento de la Escuela Vocacional Agrícola del Atlántico, así: Sueldos en 4 meses, septiembre a diciembre: Mensual Total. Director $ 250.00 $ 1.000.00 Profesor Habilitado 170.00 680.00 Mayordomo-Herramientero 80.00 320.00 Servicio Doméstico 60.00 240.00 Sumas $ 560.00 2.240.00 Alimentación en 4 meses, septiembre a diciembre: De 2 empleados internos, a $ 40 cada uno 80.00 320.00 Del Mayordomo y del Servicio Doméstico 60.00 240.00 Suma $ 140.00 Alimentación en 3 meses, .octubre a diciembre: De 25 alumnos, a $ 40 cada uno 1.000.00 3.000.00 Para material y gastos varios en 4 meses. septiembre a diciembre 150.00 600.00 1.500.00 Para adaptaciones y mejoras del edificio Para compra de maquinaria, dotación, equipos, semillas, insecticidas, fungicidas, abonos, combustibles, drogas, jornales, deportes, transportes, servicios de energía, servicios médicos y odontológicos para los alumnos; reparaciones locativas, instalación de talleres y demás gastos de todas las Escuelas Vocacionales Agrícolas y Vocacionales para Campesinas del país, de enero a diciembre 19.400.00 Total $ 27.300.00 Comuníquese y publíquese.