Micelio

decreto 203 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Suprímese el cargo de Ingeniero de Construcción de las Obras de la Ciudad Universitaria de Bogotá, dependiente de la Zona de Edificios Nacionales Cundinamarca, creado por Decreto número 500 de 1947, v adscribense las funciones de aquel al Director del Departamento de Edificios Nacionales. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario General del Ministerio, encargado del Despacito de Obras Públicas