Micelio

decreto 3379 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las conferidas por el artículo 45 del Decreto legislativo número 289 de 1950

Artículo 1

Artículo primero. A partir del 25 de octubre del año en curso, queda suprimido el cargo de Secretario Pagador de la Estación Experimental "Francisco José de Caldas", en la División de Agricultura del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y adscritas las funciones de esa pagaduría al Habilitado Pagador del Ministerio.

Artículo 2

Artículo segundo. A partir de la misma fecha, indicada en el artículo anterior, la asignación mensual del Ayudante Pagador de la Estación Experimental "Francisco José de Caladas", queda fijada en la cantidad de $ 180 00. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería