Micelio

decreto 1926 de 1962

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962

Considerando · 4 motivos

Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962;

Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 y 1º de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 53 de julio 5 de 1962;

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 1º del citado Decreto legislativo número 1599 de 1953, las traslaciones de apropiaciones entre artículos de un mismo Capítulo del Presupuesto Nacional, o entre artículos de distintos Capítulos de un mismo Ministerio o Departamento Administrativo no: requieren la aprobación previa del Consejo de Ministros, y;

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta clase de negocios, según se deduce del expediente levantado al efecto:;

Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos De Funcionamiento Para La Presente Vigencia Fiscal: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Relaciones Exteriores

º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la presente vigencia fiscal: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores. Contracréditos. I- Gastos Directos del Ministerio A) DIRECCION DEL MINISTERIO CAPITULO 0201 Gabinete del Ministro. Gastos generales. 106, 111. Artículo 2005. Materiales y suministros 8.000.00. 106, 111. Artículo 2007. Viáticos y gastos de viaje 10.000.00. CAPITULO 0202 Secretaría General. Gastos generales. 106, 111. Artículo 2012. Materiales y suministros 3.000.00. CAPITULO 0203 Dirección General y Grupo de Claves. Gastos generales. 106, 111. Artículo 2017. -Materiales y suministros 3.000.00. CAPITULO 0204 Comisión Asesora de Relaciones. Servicios personales. 101, 112. Artículo 2020. Honorarios 30.000.00. B) RAMA TECNICA CAPITULO .0213 División Consular. Programa II. Visas e Inmigración. Gastos generales. 106, 112. Artículo 2082. Sostenimiento, alojamiento y gastos menores de inmigrantes 20.000.00. C) RAMA ADMINISTRATIVA CAPITULO 0217 División de Servicios Generales. Programa III. Servicios Comunes del Ministerio. Servicios personales. 101, 111. Artículo 2115. Remuneración servicios técnicos 10.000.00. 101, 111. Artículo 2116. Jornales 5.000.00. 101, 111. Artículo 2117. Servicios adicionales en días domingos y feriados 4.000.00. Transferencias. 205, 111. Artículo 2126. Repatriación de colombianos pobres 20.000.00. D) SERVICIO EXTERIOR CAPITULO 0218 Servicio Diplomático Programa I Administración del Servicio Diplomático Servicios personales. 101, 112. Artículo 2128 Gastos de representación 400.000.00. II Financiamiento. CAPITULO 0220 Financiamiento a Organismos. Internacionales. Programa II. Financiamiento de la, OEA. Transferencias. 206, 112. Artículo 2152. Cuota para el programa de Cooperación Técnica de la OEA $ 30.010.00. Suman los contracréditos $543.010.00 Créditos. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO I-Gastos Directos del Ministerio A) DIRECCION DEL MINISTERIO CAPITULO 0205 División de Protocolo. Gastos generales. 106, 112. Artículo 2024. Materiales y suministros 10.000.00. C) RAMA ADMINISTRATIVA CAPITULO 0216 División de Personal Servicios personales. 101, 111. Artículo 2096. Sueldos del personal de nómina 17.600.00. 102, 111. Artículo 2097. Prima de Navidad 1.667.00. CAPITULO 0217 División de Servicios Generales. Programa II. Almacén y Mantenimiento Servicios personales. 102, 111. Artículo 2110. Indemnización por vacaciones 3.000.00. Programa III. Servicios comunes del Ministerio Servicios personales. 101, 111. Artículo 2118. Para pagar diferencia de sueldo en nómina a funcionarios del Ministerio que salgan al Exterior en misión oficial 50.000.00. Gastos generales. 106, 111. Artículo 2119. Viáticos y gastos de viaje 100.000.00. 106, 111. Artículo 2122. Gastos varios e imprevistos y reservados 50.000.00. D) SERVICIO EXTERIOR CAPITULO 0218 Servicio Diplomático Programa I Administración del Servicio Diplomático. Servicios personales. 102, 112. Artículo 2129, Prima de Navidad 20.925.00. Gastos generales. 106, 112: Artículo 2131. Viáticos y gastos de viaje 271.018.00. CAPITULO 0219 Servicio Consular. Servicios personales. 102. 112. Artículo 2143. Prima de Navidad 18.800.00. Suman los créditos $ 543.010.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico