Micelio

decreto 479 de 1939

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Artículo 1Créanse Cinco (5) Becas De Cuarenta Pesos ($ 40

º. Créanse cinco (5) becas de cuarenta pesos ($ 40.00) mensuales cada una, que se pagarán del capítulo 35, artículo 184 del Presupuesto vigente, en la Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja Nacional.

Artículo 2La Adjudicación De Dichas Becas La Hará El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social

º. La adjudicación de dichas becas la hará el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho