Micelio

decreto 1240 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y, CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del dia 1º de junio del año en cursó, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio del Obras Públicas según consta en el acta respectiva

Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente;

Artículo 1560Para Aportes Del Gobierno Nacional A La Asociacion De Navieros Para Obras De Conservacion Y Mejoramiento Del Rio Magadalena Y Sus Puertos, Según Contrato $ 300

Artículo primero. .Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente; MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 113 Del artículo 1560. Para aportes del Gobierno Nacional a la Asociacion de Navieros para obras de conservacion y mejoramiento del rio Magadalena y sus puertos, según contrato $ 300.000.00 Suman los contracreditos $ 300.000.00 CAPITULO 114 Al artículo 1571. Para pavimentacion y adquisicion de equipo para los Puertos Terminales Maritimos de Barranquilla y Cartagena, en el año $ 300.000.00 Suman los créditos $ 300.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha. Comuniquése y publiquése.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministró dé Obras Públicas