en uso de sus atribuciones legales, y, CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del dia 1º de junio del año en cursó, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio del Obras Públicas según consta en el acta respectiva
Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente;
Artículo 1560Para Aportes Del Gobierno Nacional A La Asociacion De Navieros Para Obras De Conservacion Y Mejoramiento Del Rio Magadalena Y Sus Puertos, Según Contrato $ 300
Artículo primero. .Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente; MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 113 Del artículo 1560. Para aportes del Gobierno Nacional a la Asociacion de Navieros para obras de conservacion y mejoramiento del rio Magadalena y sus puertos, según contrato $ 300.000.00 Suman los contracreditos $ 300.000.00 CAPITULO 114 Al artículo 1571. Para pavimentacion y adquisicion de equipo para los Puertos Terminales Maritimos de Barranquilla y Cartagena, en el año $ 300.000.00 Suman los créditos $ 300.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha. Comuniquése y publiquése.