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decreto 478 de 1995

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto-ley 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2557 de 1994

Artículo 1º

º . El Comité de Seguimiento de¡ Plan de Acción para Santafé de Bogotá, Distrito Capital estará conformado así

a)

Doctor Antanas Mockus Sivickas, en su condición de Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital;

b)

Doctor Luis Fernando Parra París, en su condición de Gerente de la Red de Solidaridad Social para Santafé de Bogotá, Distrito Capital;

c)

Doctora Sonia Durán de Infante, en su condición de Consejera Presidencial para Santafé de Bogotá, Distrito Capital;

d)

Doctor Ignacio Pombo Villar, Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República;

e)

Doctor José Antonio Ocampo Gaviria, en su calidad de Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, doctor Juan Carlos Ramírez Gaviria, en su calidad de Subdirector del Departamento Nacional de Planeación

Artículo 2º

º . Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de marzo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Gobierno, Horacio Serpa Uribe. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto-ley 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2557 de 1994
El Ministro de Gobierno
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República