Micelio

decreto 478 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que la doctora Amparo Sinisterra de Carvajal, Directora del Instituto Colombiano de Cultura, ha solicitado oportunamente mediante oficio de fecha 5 de febrero del año en curso, se le conceda licencia no remunerada durante los días comprendidos del 26 de febrero al 5 de marzo de 1986

Considerando · 1 motivo

Que la doctora Amparo Sinisterra de Carvajal, Directora del Instituto Colombiano de Cultura, ha solicitado oportunamente mediante oficio de fecha 5 de febrero del año en curso, se le conceda licencia no remunerada durante los días comprendidos del 26 de febrero al 5 de marzo de 1986;

Artículo 1Concédese Licencia No Remunerada Durante El Tiempo Comprendido Entre El 26 De Febrero Y El 5 De Marzo De 1986, A La Doctora Amparo Sinisterra De Carvajal, Directora Del Instituto Colombiano De Cultura, Colcultura

° Concédese licencia no remunerada durante el tiempo comprendido entre el 26 de febrero y el 5 de marzo de 1986, a la doctora Amparo Sinisterra de Carvajal, Directora del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura.

Artículo 2Encárgase De La Dirección Del Instituto Colombiano De Cultura, Colcultura, A La Doctora Leyla Quintana De Castells, Actual Secretaria General Del Mismo Instituto, Por El Tiempo Que Dure La Licencia Que Se Concede En El Artículo Primero Del Presente Decreto

° Encárgase de la Dirección del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, a la doctora Leyla Quintana de Castells, actual Secretaria General del mismo Instituto, por el tiempo que dure la licencia que se concede en el artículo primero del presente Decreto.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Educación Nacional