Micelio

decreto 2101 de 1985

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y constitucionales, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 1713 del 25 de junio de 1985, se confirió una comisión de servicios al doctor Joaquín Barreta Ruiz, Jefe de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para desplazarse a Puerto Ordaz, con el fin de asistir y coordinar la VIII Reunión de la Comisión Mixta Colombo-Venezolana para la prevención, el control y la represión del uso y tráfico ilícitos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas

Considerando · 5 motivos

Que mediante el Decreto 1713 del 25 de junio de 1985, se confirió una comisión de servicios al doctor Joaquín Barreta Ruiz, Jefe de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para desplazarse a Puerto Ordaz, con el fin de asistir y coordinar la VIII Reunión de la Comisión Mixta Colombo-Venezolana para la prevención, el control y la represión del uso y tráfico ilícitos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas;

Que en el decreto se expresó que la comisión tendría una duración de seis (6) días, a partir del 24 de junio próximo;

Que al ser expedido el Decreto 1713 con fecha 25 de junio de 1985, aparece como conferida la comisión a partir del 24 de junio de 1986 y no de 1985 como en realidad quiso expresarse;

Que en cumplimiento de las disposiciones legales e instrucciones impartidas para el efecto, el doctor Barreto Ruiz sólo se desplazó a cumplir la comisión una vez expedido el decreto respectivo;

Que por lo anterior es procedente modificar el decreto mencionado;

Artículo 1Modificase El Artículo 2° Del Decreto 1713 De 1985, En El Sentido De Que La Comisión Conferida Al Doctor Joaquín Barreto Ruiz, Jefe De La División De Asuntos Jurídicos Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Es A Partir Del 26 De Junio De 1985, Por El Término De Cuatro (4) Días, Y No Como Allí Se Expresa

°. Modificase el artículo 2° del Decreto 1713 de 1985, en el sentido de que la comisión conferida al doctor Joaquín Barreto Ruiz, Jefe de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, es a partir del 26 de junio de 1985, por el término de cuatro (4) días, y no como allí se expresa.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Promulgación

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su promulgación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia