El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades, legales, en especial de las que le confiere el Decreto 3069 de 1968
Artículo 1Nómbrase, Sin Efectos Fiscales Al Doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro De Minas Y Energía, Miembro De La Junta Nacional De Tarifas De Servicios Públicos
° Nómbrase, sin efectos fiscales al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro de Minas y Energía, Miembro de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha, De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha, de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado; en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Nacional de Planeación. Armando Montenegro.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, legales, en especial de las que le confiere el Decreto 3069 de 1968
El Director del Departamento Nacional de Planeación