Micelio

decreto 1400 de 1952

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en uso de sus atribuciones legales, y considerando: Que la Junta del Centenario de Girardot, compuesta por los señores Alberto Duarte French, como Presidente

Artículo 1

Artículo primero. Destinase la suma de siete mil quinientos pesos ($7.500.00) moneda corriente, como auxilio para la Exposición Industrial que se llevará a cabo en Girardot con motivo de su Centenario.

Artículo 2

La partida anterior se entregará al Tesorero que designe la Junta del Centenario de Girardot y se tomará del Capítulo 78, articulo 735 del presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Fomento.

Artículo 735Del Presupuesto De La Actual Vigencia Del Ministerio De Fomento

Artículo segundo. La partida anterior se entregará al Tesorero que designe la Junta del Centenario de Girardot y se tomará del Capítulo 78, articulo 735 del presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Fomento.

Artículo 3

Artículo tercero. Este auxilio no podrá emplearse en fines distintos de los de la Exposición.

Artículo 4

Artículo cuarto. La entrega, manejo e inversión de los dineros monto del auxilio, así como las cuotas que se deban rendir a la Contraloría General de la República se harán de conformidad con las disposiciones vigentes para esta clase de auxilios y de las que dicte especialmente la Contraloría General de la República en desarrollo del presente Decreto.

Artículo 5

Artículo quinto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento