El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Fíjase en $ 14 la cuantía de los viáticos diarios durante la comisión conferida al Veterinario Parasitólogo del Instituto de Investigación y Diagnóstico del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de que trata el Decreto número 2311, de 9 de julio del corriente año. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Ganadería