Artículo 1
° . Para los efectos de las prestaciones sociales y en particular de las establecidas por la Ley 65 de 1946, los profesores y empleados de la Universidad Pedagógica de Colombia, con sede en Tunja, se consideran afiliados forzosos de la Caja Nacional de Previsión Social. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública, encargado del Despacho de Agricultura
Bernardo Henao Mejíaencargado
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas