El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Con motivo de la visita oficial del Excelentísimo, señor, Galo Plaza Lasso. Presidente Constitucional, del Ecuador, acontecimiento que es especialmente grato al Gobierno y al pueblo de Colombia, se declara Día Cívico el jueves 17 de febrero de 1949, y se exhorta a los habitantes de la capital de la República a que engalanen sus casas con el pabellón nacional. Comuníquese y publíquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores