Artículo 1Comisiónase Al Señor Ingeniero De La Carretera Central Del Norte, Para Organizar Y Dirigir Los Trabajos De Reparación Del Cuartel De Tunja Y La Continuación Del Casino De Oficiales
º Comisiónase al señor Ingeniero de la Carretera Central del Norte, para organizar y dirigir los trabajos de reparación del cuartel de Tunja y la continuación del Casino de Oficiales.
Artículo 2El Ministerio Aplicará La Cantidad De $ 1,500 Para Las Obras Referidas, Tomándola Del Capítulo 66, Artículo 708, Del Presupuesto De La Presente Vigencia
º El Ministerio aplicará la cantidad de $ 1,500 para las obras referidas, tomándola del capítulo 66, artículo 708, del Presupuesto de la presente vigencia.
Artículo 3Será Pagador De Los Gastos Que Demande La Obra El Administrador De Hacienda Nacional De Boyacá, Con Obligación De Rendir Por Separado La Cuenta A La Contraloría General De La República Para Su Fenecimiento
º Será Pagador de los gastos que demande la obra el Administrador de Hacienda Nacional de Boyacá, con obligación de rendir por separado la cuenta a la Contraloría General de la República para su fenecimiento.
Artículo 4El Ingeniero Devengará Un Sobresueldo De $ 30 Mensuales Por El Desempeño De Las Funciones Que Se Le Adscriben Por El Presente Decreto
º El Ingeniero devengará un sobresueldo de $ 30 mensuales por el desempeño de las funciones que se le adscriben por el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
el Secretario