Micelio

decreto 737 de 1876

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Artículo 1Abrese En El Presupuesto De Gastos De La Vijencia Económica De 1876 A 1877, El Crédito Estraordinario De Diez Mil Pesos ($ 10,000) Para Atender A Los Gastos De Personal I Material De La Intendencia Jeneral De Hacienda I Guerra

° Abrese en el Presupuesto de gastos de la vijencia económica de 1876 a 1877, el crédito estraordinario de diez mil pesos ($ 10,000) para atender a los gastos de personal i material de la Intendencia jeneral de Hacienda i Guerra.

Artículo 2Esta Suma Se Imputará Al Presupuesto De Gastos De La Vijencia Económica De 1876 A 1877, Departamento De Gastos De Hacienda, Capítulo 13, Artículo 7

° Esta suma se imputará al Presupuesto de gastos de la vijencia económica de 1876 a 1877, Departamento de gastos de Hacienda, capítulo 13, artículo 7.°

Firmas

El Secretario de Hacienda i Fomento