Micelio

decreto 732 de 1885

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Considerando · 1 motivo

Que es llegado el caso de dar cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 601 del presente año (14 de Septiembre), por el cual se ha apropiado el edificio conocido en esta ciudad con el nombre de "Teatro Maldonado,";

Artículo 1

Art. 1. ° Abrese al Presupuesto de Gastos para la vigilancia de 1885 a 1886 el siguiente crédito extraordinario: "DEPARTAMENTO DE OBRASPÚBLICAS. " capítulo 3.° "Para pagar el valor del antiguo 'Teatro Maldonado,´ expropiado por cuenta de la República, y para atender a los gastos de las obras que sea necesario emprender para su completa reparación $ 120.000

Artículo 2

Art. 2. ° Destinase dos unidades del producido de las Aduanas del Atlántico y de Cúcuta al pago de la deuda proveniente de la expropiación del expresa lo edificio y de los terrenos ó edificios contiguos que sea necesario adquirir. Los documentos correspondientes se expedirán por la Secretaría del Tesoro, y principiará su amortización desde el 1.° de Abril próximo entrante en adelante. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Fomento