Micelio

decreto 67 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Autorízase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas, para importar del país de origen que considere más conveniente, hasta 20.000 toneladas de trigo durante el primer semestre del presente año. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura