Micelio

decreto 774 de 1914

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Artículo 1

Señálase la suma de veinte pesos ($ 20) oro mensuales para gastos de escritorio y arrendamiento de local de las Oficinas de cada uno de los Médicos de Sanidad de Buenaventura, Guapi y Tumaco. Comuníquese y publiquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno