Micelio

decreto 67 de 1946

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Artículo único. A partir del 1° de febrero de 1946, destínase la suma mensual de ciento cincuenta pesas ($ 150) para gastos del Consulado General de la República en La Paz, Bolivia. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público