Micelio

decreto 1734 de 1973

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Artículo 1

° . Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia, fiscal de 1973, en la cantidad de treinta y cinco millones de pesos ($ 35.000.000) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 21 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo I a) Tributación a la Renta Numeral 1. Impuesto sobre la renta y complementarios $ 35.000.000 Suma el recurso $ 35.000.000

Artículo 2

° . Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. PRESUPUESTOS DE INVERSION Capítulo 710 Ministerio de Obras Publicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 2. Construcción y reconstrucción de carreteras troncales. Inversión Indirecta Recursos Ordinarios 584 264. Artículo 7208. Troncal Occidental 20.000.00 Proyecto 3. Medellín-Sincelejo 20.000.000 584 264. Artículo 7213. Transversal del Caribe 15.000.000 Proyecto 3. La Ye-Paraguachón 15.000.000 Suman los créditos adicionales $ 35.000.000

Artículo 3

° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.