Micelio

decreto 1734 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 3378 de 1953 ordenó la construcción del Aeródromo de Bogotá

Considerando · 3 motivos

Que el Decreto número 3378 de 1953 ordenó la construcción del Aeródromo de Bogotá;

Que la construcción de dicho aeródromo se adelanta en terrenos adquiridos por la Nación en Engativá;

Que es necesario emprender la construcción de la vía que comunique el citado aeródromo con la ciudad;

Artículo 1

Artículo primero. Decláranse de utilidad pública las zonas necesarias para la construcción y ampliación de la autopista que comunique el aeropuerto que se construye en terrenos adquiridos por la Nación en Engativá con la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los planos que elabore el Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 2

Artículo segundo Este Ministerio celebrará los contratos .necesarios para la adquisición de dichas zonas, y en caso de que no sea posible llegar a un arreglo con el respectivo interesado, procederá a la expropiación, de acuerdo con las leyes sobre la materia. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas