Micelio

decreto 1080 de 1975

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Artículo 1Adicionase El Presupuesto De Ingresas Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia Fiscal Ce 1975, En La Suma De $ 34

° Adicionase el Presupuesto de Ingresas del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal Ce 1975, en la suma de $ 34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle: PRESUPUESTO DE INGRESOS Otros recursos. Numeral 6-A. Peaje en las carreteras Cali - Palmira y Cali - Puerto Isaacs - Aeropuerto $ 34.000.000 Suma el ingreso $ 34.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Actual Vigencia En La Cantidad De $ 34

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la cantidad de $ 34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa. Programa 04. Construcción de carreteras troncales. Articulo 07 Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Occidental Proyecto 4 Segunda calzada carretera Cali - Palmira $ 34.000.000 Suma el gasto $ 34.000.000

Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas