Micelio

decreto 1923 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Acláranse los siguientes Decretos:

El Decreto número 259 de febrero 6 de 1953, en el sentido de que la plaza creada en el Departamento de Nariño, es la de Telegrafista Administrador en la Guayacana, y no en la Guacamaya, como allí se expresa. Tiene una asignación mensual de $ 180.00 moneda corriente.

El Decreto número 1440 de jumo 5 de 1953, en el sentido de que la plaza de Ayudante de Giros de la Oficina Mixta de Mocoa, Putumayo, será pagada con cargo al Capítulo 108, artículo 1782 del Presupuesto vigente, y no al Capítulo 108, artículo 1783, como allí se expresa.

Artículo 1782Del Presupuesto Vigente, Y No Al Capítulo 108, Artículo 1783, Como Allí Se Expresa

Artículo único. Acláranse los siguientes Decretos: El Decreto número 259 de febrero 6 de 1953, en el sentido de que la plaza creada en el Departamento de Nariño, es la de Telegrafista Administrador en la Guayacana, y no en la Guacamaya, como allí se expresa. Tiene una asignación mensual de $ 180.00 moneda corriente. El Decreto número 1440 de jumo 5 de 1953, en el sentido de que la plaza de Ayudante de Giros de la Oficina Mixta de Mocoa, Putumayo, será pagada con cargo al Capítulo 108, artículo 1782 del Presupuesto vigente, y no al Capítulo 108, artículo 1783, como allí se expresa.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Comunicaciones