Micelio

decreto 200 de 2001

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998

Artículo 1

º . Las funciones propias de la Industria Militar, serán cumplidas por la Planta de Personal de Empleados Públicos que a continuación se establece: No. DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 (Uno) Gerente General de Entidad Descentralizada 0015 21 4 (Cuatro) Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 18 3 (Tres) Director de Fábrica 0116 11 1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 13

Artículo 2

º . La Planta de Personal de Trabajadores Oficiales será de 1.000 cargos.

Artículo 3

º . Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 1580 de 1997.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública