Micelio

decreto 1618 de 2000

5 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales, y en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el Decreto 1834 de 1994

Artículo 1

º . Designación de los representantes de las entidades administradoras de riesgos profesionales. Se designan como representantes de las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales en el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales a las siguientes personas: Principal: Suplente: Roberto Arturo Sierra Manotas Fernando Robledo Quijano

Artículo 2

º . Designación de los representantes de los empleadores. Se designan como representantes de los empleadores en el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales a las siguientes personas Principales: Suplentes: María Eugenia Díaz R. Olga Lucía Mejía L. Alfredo Remolina Suárez Rafael España González

Artículo 3

º . Designación de los representantes de los trabajadores. Se designan como representantes de los trabajadores en el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales a las siguientes personas: Principales: Suplentes: Efrén Escobar Gálvez Fernando J. Morales Rangel Juan Bonilla González Víctor José Pardo R.

Artículo 4

º . Designación de los representantes de las asociaciones científicas: Se designan como representantes de las asociaciones científicas en el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales a las siguientes personas: Principal: Suplente: Juan Vicente Conde Sierra Orlando Baute Céspedes

Artículo 5

º . Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga en especial el Decreto 368 del 17 de febrero de 1997.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, y en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el Decreto 1834 de 1994
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social