El presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1° del artículo 120 de la Constitución Política y en concordancia con el numeral 1° del artículo 81 del Decreto 1042 de 1978
Artículo 1Incorporar A La Planta De Personal Del Ministerio De Obras Públicas Y Transporte, Establecida Por El Decreto 3151 Del 31 De Diciembre De 1990, Al Ingeniero Juan Felipe Gaviria Gutiérrez, Con Cédula De Ciudadanía Número 8214308 De Medellín, En El Cargo De Ministro, Código 0005
Articulo 1° Incorporar a la planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, establecida por el Decreto 3151 del 31 de diciembre de 1990, al Ingeniero Juan Felipe Gaviria Gutiérrez, Con cédula de ciudadanía número 8214308 de Medellín, en el cargo de Ministro, Código 0005.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a Partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1° del artículo 120 de la Constitución Política y en concordancia con el numeral 1° del artículo 81 del Decreto 1042 de 1978