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decreto 1616 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 53 De Agosto 9 De 1993 De La Junta Directiva Del Instituto Colombiano De Hidrología, Meteorología Y Adecuación De Tierras -Himat- Que Determina La Planta De Personal, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 53 De 1993 (Agosto 9) “por El Cual Se Determina La Planta De Personal Del Instituto Colombiano De Hidrología, Meteorología Y Adecuación De Tierras -Himat-”

° Apruébase el Acuerdo número 53 de agosto 9 de 1993 de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -Himat- que determina la Planta de Personal, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 53 DE 1993 (agosto 9) “por el cual se determina la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -Himat-”. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -Himat-, en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 2135 del 30 de diciembre de 1992, ACUERDA: Artículo 1° Suprímense de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -Himat- aprobada mediante el Acuerdo número 31 de mayo 8 de 1990, los siguientes cargos: Dirección General. No. de cargos Denominación del cargo Código Grado 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Secretario 4140 10 Secretaría General. 1 Profesional Universitario 3020 04 Oficina Jurídica. 1 Profesional Universitario 3010 09 Subdirección Administrativa y Financiera. 1 Jefe de División 2040 10 10 Jefe de Sección. 2075 08 1 Jefe de Sección 2075 06 1 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Universitario 3020 08 1 Profesional Universitario 3020 06 5 Profesional Universitario 3020 04 2 Profesional Universitario 3020 03 1 Técnico en Presupuesto. 4035 10 4 Técnico Administrativo 4065 07 2 Técnico Operativo 4080 10 1 Técnico Operativo 4080 09 1 Técnico Operativo 4080 07 2 Auxiliar de Técnico. 4110 06 2 Secretario Ejecutivo 5040 13 2 Auxiliar Administrativo. 5120 11 4 Auxiliar Administrativo. 5120 09 5 Auxiliar Administrativo 5120 07 1 Auxiliar Administrativo. 5120 05 1 Secretario 5140 06 7 Secretario 6000 09 4 Operario Calificado 6000 08 2 Operario Calificado 6000 07 2 Operario Calificado 6000 05 2 Conductor Mecánico 6010 09 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07 8 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 Subdirección de Hidrología y Meteorología. 4 Jefe de Sección. 2075 08 1 Profesional Especializado 3010 10 2 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Profesional Universitario. 3020 05 3 Profesional Universitario. 3020 04 2 Técnico Operativo 4080 09 2 Técnico Operativo 4080 07 4 Auxiliar de Técnico 4110 05 3 Auxiliar de Técnico. 4110 06 1 Auxiliar de Pronóstico 4185 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Auxiliar Administrativo 5120 05 1 Secretario. 5140 10 1 Operario Calificado 6000 09 5 Operario Calificado. 6000 08 3 Operario Calificado 6000 07 2 Operario Calificado 6000 05 Subdirección de Adecuación de Tierras. 8 Jefe de Sección 2075 08 3 Profesional Especializado. 3010 10 2 Profesional Especializado 3010 09 3 Profesional Universitario. 3020 04 3 Profesional Universitario. 3020 03 1 Técnico Operativo 4080 11 3 Técnico Operativo 4080 10 3 Técnico Operativo 4080 07 2 Fotogrametrista 4050 11 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Secretario 5140 10 Subdirección de Planeación. 5 Jefe de Sección 2075 08 1 Profesional Especializado 3010 10 2 Profesional Universitario 3020 08 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Analista de Sistemas 4005 15 1 Analista de Sistemas 4005 13 1 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Administrativo 4065 07 1 Técnico Operativo 4080 10 5 Técnico Operativo 4080 07 2 Operador de Equipo 4100 05 3 Auxiliar de Técnico 4110 06 2 Secretario. 5140 10 Direcciones Regionales. 34 Jefe de Sección 2075 08 5 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Universitario 3020 08 13 Profesional Universitario 3020 06 1 Profesional Universitario 3020 05 9 Profesional Universitario 3020 04 9 Profesional Universitario 3020 03 2 Técnico Administrativo 4065 11 2 Técnico Administrativo 4065 07 5 Técnico Administrativo 4065 09 6 Técnico Operativo 4080 10 12 Técnico Operativo. 4080 9 18 Técnico Operativo 4080 07 1 Dibujante 4095 06 4 Dibujante 4095 05 2 Topógrafo 4105 08 1 Topógrafo 4105 06 7 Auxiliar de Técnico 4110 06 19 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 2 Auxiliar de Pronóstico 4185 10 1 Observador de Superficie 4195 06 6 Observador de Superficie 4195 05 1 Jefe de Almacén 5060 16 1 Supervisor 5105 10 7 Auxiliar Administrativo 5120 09 16 Auxiliar Administrativo 5120 07 6 Auxiliar Administrativo 5120 05 4 Secretario 5140 08 7 Secretario 5140 06 2 Conductor Mecánico 6010 08 7 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 12 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03

Parágrafo

De la planta de Trabajadores Oficiales del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología Adecuación de Tierras -Himat-, se suprimen la totalidad de los cargos establecidos en los Acuerdos números 31 de mayo 8 de 1990 y número 8 de febrero 21 de 1991, que suman mil dieciséis (1.016), así: No. de cargos Denominación del cargo Código Grado 15 Mecánico I 11 Mecánico II 15 Mecánico III 13 Mecánico IV 16 Mecánico V 13 Operador de Maquinaria I 16 Operador de Maquinaria II 24 Operador de Maquinaria III 75 Operador de Maquinaria IV 45 Operador de Maquinaria V 3 Timonel I 4 Timonel II 5 Timonel III 20 Mampostero I 2 Mampostero II 2 Mampostero III 3 Operador de Planta 24 Operador de Bomba I 21 Operador de Bomba II 31 Chofer de Volqueta I 34 Chofer de Volqueta II 65 Canalero 20 Cadenero I 20 Cadenero II 18 Operador de Bocatoma 26 Ayudante de Mecánica 36 Conductor I 31 Conductor II 65 Ayudante de Equipo 246 Celador I 22 Celador II 2 Celador III 20 Trochero 53 Obrero. Artículo 2 ° Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -Himat- serán cumplidas por la Planta de Personal de Empleados Públicos que a continuación se establece: A. Planta Despacho del Director. No de cargos Denominación del cargo Código Grado 1 Director General de Establecimiento Público 0015 18 2 Asesor 1020 10 1 Asesor 1020 08 1 Profesional Especializado 3010 16 2 Profesional Especializado. 3010 14 1 Profesional Universitario 3020 08 1 Técnico Operativo 4080 07 1 Asistente Administrativo 4140 14 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Secretario Ejecutivo. 5040 15 B. Planta Global. 1 Secretario General 0037 13 4 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 13 3 Jefe de Oficina 2045 23 1 Jefe de Oficina 2045 17 16 Director Regional 2035 21 17 Jefe de División 2040 20 42 Jefe de División 2040 12 1 Profesional Especializado 3010 19 22 Profesional Especializado 3010 18 1 Profesional Especializado 3010 17 39 Profesional Especializado 3010 16 50 Profesional Especializado 3010 14 1 Profesional Especializado 3010 13 26 Profesional Especializado 3010 12 123 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Especializado 3010 09 113 Profesional Universitario 3020 08 24 Profesional Universitario 3020 06 57 Profesional Universitario 3020 05 3 Profesional Universitario 3020 04 3 Profesional Universitario 3020 03 2 Tecnólogo Especializado 3090 08 2 Tecnólogo Especializado 3090 05 2 Analista de Sistemas 4005 16 1 Analista de Sistemas 4005 15 1 Analista de Sistemas 4005 13 18 Técnico en Presupuesto 4035 15 2 Programador de Sistemas 4060 11 47 Técnico Administrativo 4065 12 8 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Técnico Administrativo 4065 07 59 Técnico Operativo 4080 12 4 Técnico Operativo 4080 11 20 Técnico Operativo 4080 10 122 Técnico Operativo 4080 09 92 Técnico Operativo 4080 07 2 Dibujante 4095 12 1 Dibujante 4095 10 15 Dibujante 4095 06 21 Auxiliar de Técnico 4110 06 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 2 Auxiliar de Técnico 4110 03 3 Archivista 4135 13 1 Asistente Administrativo 4140 10 16 Topógrafo Tecnólogo 4160 10 13 Pronosticador 4180 15 3 Pronosticador 4180 13 2 Pronosticador 4180 12 14 Auxiliar de Pronóstico 4185 11 4 Auxiliar de Pronóstico 4185 10 10 Radiosondista 4190 09 12 Radiosondista 4190 07 34 Observador de Superficie 4195 06 42 Observador de Superficie 4195 05 37 Observador de Superficie 4195 03 4 Coordinador 5005 21 2 Coordinador 5005 19 5 Secretario Ejecutivo 5040 18 21 Secretario Ejecutivo 5040 17 43 Secretario Ejecutivo 5040 15 61 Secretario Ejecutivo 5040 13 3 Secretario Ejecutivo 5040 11 17 Pagador 5045 17 16 Jefe de Almacén 5060 19 43 Auxiliar Administrativo 5120 13 11 Auxiliar Administrativo 5120 11 3 Auxiliar Administrativo 5120 10 3 Auxiliar Administrativo 5120 09 15 Auxiliar Administrativo 5120 05 1 Operario Calificado 6000 10 1 Operario Calificado 6000 09 17 Operario Calificado 6000 08 2 Operario Calificado 6000 07 l Operario Calificado 6000 05 39 Conductor Mecánico 6010 11 4 Conductor Mecánico 6010 09 35 Conductor Mecánico 6010 08 42 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08 Artículo 3° Los servidores públicos a quienes se le suprime el cargo en el artículo primero de este Acuerdo, tendrán derecho a una indemnización o bonificación conforme a los términos y condiciones establecidos por el Decreto 2135 del 30 de diciembre de 1992. Artículo 4° Los funcionarios públicos que se incorporen a la nueva Planta de Personal continuarán devengando la asignación básica mensual de la Planta anterior hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo cargo. Artículo 5° El Director General queda facultado para distribuir los cargos establecidos en el presente Acuerdo, entre las diferentes dependencias que componen la estructura interna del Instituto, según las necesidades del servicio y los requerimientos de los programas y proyectos que se desarrollan. Artículo 6° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los Acuerdos números 17 del 25 de febrero de 1993; 30 del 29 de abril de 1993 y 44 del 3 de junio de 1993. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los nueve días del mes de agosto de 1993. Santiago Perry Rubio Presidente. Militza Buitrago del Portillo Secretaria”.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1349 Del 27 De Junio De 1990 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1349 del 27 de junio de 1990 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública