El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto- ley 2017 de 1968
Artículo 1º Derogase En Todas Sus Partes El Decreto 2552 Del 06 De Septiembre De 1985
º Derogase en todas sus partes el Decreto 2552 del 06 de septiembre de 1985.
Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto- ley 2017 de 1968
El Ministro de Relaciones Exteriores