Micelio

decreto 1563 de 1987

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto- ley 2017 de 1968

Artículo 1º Derogase En Todas Sus Partes El Decreto 2552 Del 06 De Septiembre De 1985

º Derogase en todas sus partes el Decreto 2552 del 06 de septiembre de 1985.

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto- ley 2017 de 1968
El Ministro de Relaciones Exteriores