Artículo 1
Artículo único. Ejecútense como ley de la República los preinsertos pactos internaciones. Publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores
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Artículo único. Ejecútense como ley de la República los preinsertos pactos internaciones. Publíquese.