Micelio

decreto 2535 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto número 2136 del 18 de julio de 1949

Artículo 1La Policía Nacional, División Santander, Tendrá El Siguiente Personal: A-Personal Uniformado

° La Policía Nacional, División Santander, tendrá el siguiente personal: A-PERSONAL UNIFORMADO. I-Oficiales. 1 Comandante. 1 Subcomandante. 1 Comisario Jefe. 4 Comisarios. 7 Subcomisarios. 8 Subcomisarios a prueba. II-Suboficiales y Agentes. 2 Inspectores Jefes. 12 Inspectores. 20 Subinspectores. 40 Distinguidos. 600 Agentes. B-PERSONAL CIVIL. 1 Médico. 1 Odontólogo. 1 Capellán. 1 Pagador. 1 Ayudante 2° de Contabilidad. 1 Ecónomo. 1 Mecanógrafo 1° 1 Mecanógrafo 2° 1 Mayordomo de Casino. 2 Peluqueros. 2 Enfermeros. 4 Choferes. 4 Jefes de Taller. 1 Armero. 1 Cocinero de Primera. 3 Cocinero de Segunda. 10 Sirvientes.

Artículo 2Los Gastos Que Se Causen Por Este Concepto Serán De Cargo Del Departamento, De Conformidad Con Lo Estipulado En La Cláusula 6ª Del Contrato

° Los gastos que se causen por este concepto serán de cargo del Departamento, de conformidad con lo estipulado en la cláusula 6ª del contrato.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno