Micelio

decreto 180 de 1901

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Que el actual Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar ejerce también las funciones de Comandante en Jefe de las Fuerzas del Atlántico y que no es justo que ese empleado se remunere nada más que con el sueldo señalado a la jefatura Civil y militar;

Artículo 1

Artículo único. Desde el día primero del mes en curso, el sueldo del Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar será de mil pesos mensuales. Tendrá efecto esta disposición solo en el tiempo en que la persona que desempeñe el referido empleo ejerza además las funciones de comandante en Jefe de las fuerzas del Atlántico.

Firmas

El Subsecretario de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda
El Ministro de Guerra
El Ministro del Tesoro