Micelio

decreto 624 de 1920

2 artículos · lectura continua

Artículo 1Los Documentos De Caución Que Otorguen O Hayan Otorgado Los Administradores Principales, Agentes Postales, Administradores Subalternos Y Jefes De Los Departamentos De La Administración General, Deben Enviarse A Esta Oficina, En Donde Estarán Al Cuidado Del Subjefe Del Departamento De Negocios Generales

º. Los documentos de caución que otorguen o hayan otorgado los Administradores Principales, Agentes Postales, Administradores Subalternos y Jefes de los Departamentos de la Administración General, deben enviarse a esta Oficina, en donde estarán al cuidado del Subjefe del Departamento de Negocios Generales.

Parágrafo

Dicho empleado examinará, cuidadosamente esos documentos para ver si están otorgados con todos los requisitos legales, y los registrará en un libro que debe abrirse al efecto, siempre que no adolezcan de irregularidades, caso en el cual deben devolverse al otorgarse para que subsane las faltas.

Artículo 2Los Empleados Dependientes De La Administración General De Correos, Que El Día 1º De Abril Próximo No Hayan Constituido Las Cauciones A Que Están Obligados, Serán Reemplazados En Sus Puestos

º. Los empleados dependientes de la Administración General de Correos, que el día 1º de abril próximo no hayan constituido las cauciones a que están obligados, serán reemplazados en sus puestos. Comuníquese y publíquese.