Micelio

decreto 2280 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1º A Partir Del 16 De Agosto De 1985, Suprímense En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Finlandia, Los Siguientes Cargos: Un (1) Mecanotaquígrafo 8 Pa (Local) Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Cien Dólares (Us$ 1

º A partir del 16 de agosto de 1985, suprímense en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Finlandia, los siguientes cargos: Un (1) Mecanotaquígrafo 8 PA (local) con una asignación básica mensual de un mil cien dólares (US$ 1.100.00), cargo actualmente vacante. Un (1) Auxiliar Administrativo 8 PA, con una asignación básica mensual de un mil cien dólares (US$ 1.100.00), ocupado por la señorita María Patricia Ramírez Rendón.

Artículo 2º A Partir De La Misma Fecha, Créanse En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Finlandia, Los Siguientes Cargos: Un (1) Auxiliar Administrativo 10 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Trescientos Sesenta Dólares (Us$ 1

º A partir de la misma fecha, créanse en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Finlandia, los siguientes cargos: Un (1) Auxiliar Administrativo 10 PA, con una asignación básica mensual de un mil trescientos sesenta dólares (US$ 1.360.00). Un (1) Auxiliar Administrativo 6 PA (local), con una asignación básica mensual de ochocientos cuarenta dólares (US $840.00).

Artículo 3º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público