Micelio

decreto 2098 de 1977

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Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para Va Vigencia Fiscal De 1977 En La Cantidad De Dos Millones Novecientos Mil Pesos ($ 2

º Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para Va vigencia fiscal de 1977 en la cantidad de dos millones novecientos mil pesos ($ 2.900.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle: Presupuesto de Ingresos Otros recursos. Numeral 12. Recursos del balance $ 2.900.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata Él Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1977, En La Cantidad De $ 2

º Con base en el recurso de que trata él artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 2.900.000.00 (dos millones novecientos mil pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos. Inversión directa. Programa.06. Construcción de otras carreteras. Artículo 24. Estudios, construcción; reconstrucción y pavimentación de otras carreteras $ 2.900.000 Proyecto 121. Toez Tacueyó $ 2.900.000

Artículo 3

Articuló 3.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas y Transporte