en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la Vigencia fiscal de 1972, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito
Considerando · 4 motivos
Que por medio del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la Vigencia fiscal de 1972, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Resolución número 1233 de 1972, declaró sobrante la cantidad de $334.370.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 42 de 1972, por $334.370.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972
°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. Presupuesto de Funcionamiento Contracréditos: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 121 Dirección Superior Servicios personales 101, 111, 105. Artículo 1152. Gastos de representación 150.000 Programa 125 Dirección y Coordinación Servicios personales 101, 112, 105. Artículo 1191. Gastos de representación 100.000 Programa 130 Dirección Administrativa Servicios personales 101,, 111, 105. Artículo 1246. Gastos de representación 84.370 Suman los contracréditos $334.370 Créditos MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 121 Dirección superior Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 1151. Sueldos del personal de nómina 34.700 101, 111, 117. Artículo 1154. Prima de Navidad 10.470 Programa 124 Dirección General del Protocolo Servicios personales 101, 112, 103. Artículo 1182. Sueldos del personal de nómina 49.220 102, 112, 117. Artículo 1184. Prima de Navidad. 2.594 Programa 125 Dirección y Coordinación Servicios personales 101, 112, 103. Artículo 1190. Sueldos del personal de nómina 52.104 102, 112, 117. Artículo 1192. Prima de Navidad. 5.210 Programa 126 Asuntos Comunales Servicios personales 101, 102, 103. Artículo 1216. Sueldos del personal de nómina 63.402 102, 112, 117. Artículo 1217. Prima de Navidad. 6.340 Programa 127 Asuntos Culturales Servicios personales 101, 112, 103. Artículo 1223. Sueldos del personal de nómina 16.400 102, 112, 117. Artículo 1224. Prima de Navidad. 1.640 Programa 128 Asuntos Económicos Servicios personales 101, 112, 103. Artículo 1230 Sueldos del personal de nómina 25.200 102, 112, 117. Artículo 1232. Prima de Navidad. 2.520 Programa 129 Asuntos de Administración Servicios personales 101, 112, 103. Artículo 1237. Sueldos del personal de nómina 23.500 102, 112, 117. Artículo 1238. Prima de Navidad. 2.350 Programa 130 Dirección Administrativa Servicios personales 101, 11, 103. Artículo 1245. Sueldos del personal de nómina 35.200 102, 111, 117. Artículo 1249. Prima de Navidad 3.520 Suman los créditos $334.370
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.