Micelio

decreto 3348 de 2006

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y se dictan otras disposiciones sobre la materia

Artículo 1

º . Créase el Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Luxemburgo Gran Ducado de Luxemburgo, con circunscripción en todo el territorio luxemburgués.

Artículo 2

º . Desígnase a Marc Schintgen como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Luxemburgo Gran Ducado de Luxemburgo, con circunscripción en todo el territorio luxemburgués.

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y se dictan otras disposiciones sobre la materia
Presidente de la República