Artículo 1
Artículo primero. Autorizase al Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico a efectuar un nuevo aporte de capital del Estado hasta por la cantidad de dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000.00) moneda corriente, en la Central Hidroeléctrica de Caldas, Limitada mediante la suscripción y pago de acciones de dicha Central.
Artículo 2
Artículo segundo. Con la única finalidad de financiar el aporte a que se refiere el artículo precedente, autorizase a la Tesorería General de la República para entregar al Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico hasta la suma de dos millones setecientos cincuenta mil pesos ($ 2.750.000.00) moneda corriente, en Bonos de la Deuda Interna Nacional Unificada -DINU-, títulos que en la actualidad se encuentran en depósito y se hallan contabilizados en los activos de la Tesorería.
Artículo 3
Comuníquese,