en uso de sus facultades legales
Artículo 1Fijanse Los Cómputos Del Presupuesto De Ingresos Del-Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1979, En La Suma De Ocho Mil Cuatrocientos Setenta Y Ocho Millones Trescientos Veintiún Mil Pesos
° Fijanse los cómputos del Presupuesto de Ingresos del-Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, en la suma de ocho mil cuatrocientos setenta y ocho millones trescientos veintiún mil pesos. $ 8.478.321.000.00) moneda corriente. AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35203 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1.
Artículo 2Aprópiese Para Atender A Los Gastos Del Fondo Vial Nacional Durante La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1979, La Suma De Ocho Mil Cuatrocientos Setenta Y Ocho Millones Trescientos Ventiún Mil Pesos ($ 8
° Aprópiese para atender a los Gastos del Fondo Vial Nacional durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, la suma de ocho mil cuatrocientos setenta y ocho millones trescientos ventiún mil pesos ($ 8.478.321.000.00) moneda corriente. AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35203 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1-5.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.