Micelio

decreto 1235 de 1960

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Artículo 1A Partir Del 15 De Mayo Del Presente Año, Fijanse Los Viáticos Del Personal Del Ministerio De Educación Nacional, Así: A) Secretario General Del Ministerio, Subsecretarios Técnicos

° A partir del 15 de mayo del presente año, fijanse los viáticos del personal del Ministerio de Educación Nacional, así

a)

Secretario General del Ministerio, Subsecretarios Técnicos. Cultural y Administrativo, cincuenta pesos {$ 50.00) diarios;

b)

Directores de División, a cuarenta y cinco (S 45.00) pesos diarios;

c)

Jefes de Sección, a cuarenta pesos ($ 40.00) diarios;

d)

Inspectores Nacionales de las Divisiones de Bachillerato, Primaria y Normales, Educación Campesina, Educación Femenina y Educación Comercial e Industrial, a treinta y cinco ($ 35.00) pesos diarios;

e)

Rectores de Colegios Nacionales, a veinticinco pesos diarios;

f)

Secretarios y Habilitados de los Colegios Nacionales, a veinte pesos ($ 20.00) diarios.

Artículo 2Queda En Estos Términos Modificado El Artículo 1° Del Decreto Número 0540 De Marzo 8 De 1955

° Queda en estos términos modificado el artículo 1° del Decreto número 0540 de marzo 8 de 1955. Comuníquese y publíquese.