en uso de sus facultades legales
Artículo 1El Batallón De Ingenieros Caldas Dependerá En Adelante De La Inspección General De Las Fuerzas Militares
° El Batallón de ingenieros Caldas dependerá en adelante de la Inspección General de las Fuerzas Militares.
Artículo 2El Batallón De Infantería Número 3 Bárbula, Con La Denominación De Batallón De Infantería Número 2 Sucre, Se Trasladará A La Guarnición De Chiquinquirá; Y La Compañía De Ferrocarrileros Del Batallón De Ingenieros Caldas Será Destacada A Ibagué
° El Batallón de infantería número 3 Bárbula, con la denominación de Batallón de infantería número 2 Sucre, se trasladará a la guarnición de Chiquinquirá; y la Compañía de ferrocarrileros del Batallón de ingenieros Caldas será destacada a Ibagué. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra